Las fiestas de fin de año significarán una pausa laboral para algunos trabajadores. La diferencia entre asueto y feriado.
Las fiestas de fin de año suelen ser un momento de balance, encuentro y también de pausa en la rutina diaria. En ese marco, muchas actividades comienzan a readecuar su funcionamiento habitual para facilitar los traslados, las reuniones familiares y un cierre de año con menor carga laboral.
El Gobierno nacional dispuso asueto para el personal de la Administración Pública Nacional los días 24 y 31 de diciembre de 2025. La medida fue oficializada este jueves mediante el Decreto 883/2025, publicado en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Javier Milei, y establece que los trabajadores estatales no deberán concurrir a sus lugares de trabajo en las vísperas de Navidad y Año Nuevo.
Quiénes no trabajan el 24 y 31 de diciembre
Según aclara la norma, el asueto alcanza a los organismos de la administración centralizada y descentralizada del Estado nacional, pero no incluye a las entidades bancarias ni a las empresas y entidades financieras alcanzadas por la Ley de Entidades Financieras.
En los considerandos del decreto se indica que los titulares de cada jurisdicción deberán definir el personal que permanecerá de guardia para asegurar el funcionamiento de los servicios esenciales, lo que implica que áreas críticas como salud, seguridad y atención ciudadana deberán mantener dotaciones mínimas operativas.
El texto se fundamenta en las atribuciones del Poder Ejecutivo para organizar el funcionamiento de la administración pública y remarca que las guardias mínimas deberán garantizar la continuidad de las prestaciones consideradas indispensables para la población.
La disposición entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
¿Es feriado el 24 y 31 de diciembre? La diferencia con un asueto
No, el 24 y 31 de diciembre no son días feriados en Argentina. Sin embargo, varias empresas eligen dar ese día libre o medio día para que sus empleados puedan organizar y disfrutar las vísperas de Navidad y Año Nuevo con más tiempo.
La diferencia entre asueto y feriado
- Está establecido por ley.
- Rige para todos los sectores (público y privado), salvo excepciones.
- Si se trabaja, corresponde pago doble o compensación según el régimen laboral.
- Ejemplos: 25 de diciembre, 1° de enero serán feriado para todos los trabajadores. En el caso de trabajar, se deberá pagar ese día extra.
- Es una decisión administrativa del Poder Ejecutivo u otra autoridad.
- Generalmente, solo alcanza al sector público.
- No siempre implica un pago extra porque no es un feriado legal.


