En la provincia de Neuquén el aumento de los sueldos de los trabajadores estatales correspondiente al mes de enero, (que se cobraran en febrero 2026), en el marco de la actualización automática por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) acordada en las paritarias con los gremios. Con la publicación del último dato de inflación, los empleados de la administración pública neuquina ya saben que sus ingresos se ajustarán un 7,9%, cifra que surge del IPC acumulado en octubre, noviembre y diciembre.
El Ministerio de Economía provincial confirmó que el esquema de actualización salarial “continuará vigente durante 2026”, tras el acuerdo alcanzado con los gremios que representan a los trabajadores estatales. Además de las subas trimestrales por inflación, el convenio incluyó el pago de un bono en enero y, en el caso de los docentes, una suma no remunerativa en septiembre, según lo firmado por la Asociación de Trabajadores de la Educación de Neuquén (ATEN).
La fórmula de actualización combina el IPC nacional difundido por el INDEC y la inflación medida en la provincia. Al finalizar cada trimestre, ambos índices se ponderan y el resultado impacta en los salarios que la provincia deposita en las cuentas de los trabajadores en el último mes del período. Para llegar al 7,9% de enero, Economía tomó el 2,6% registrado en Neuquén y el 2,8% de la inflación nacional.
El último ajuste previo se reflejó en octubre de 2025, cuando los empleados percibieron la actualización correspondiente al trimestre julio-agosto-septiembre. Durante todo el año pasado, los estatales neuquinos recibieron cuatro incrementos salariales, siempre determinados por la evolución de la inflación.
En enero de 2025 los haberes se ajustaron según el IPC del cuarto trimestre de 2024; en abril se liquidó el incremento del primer trimestre; el 31 de julio los salarios subieron un 6,5% por el segundo trimestre; y en octubre se aplicó un aumento del 6,96% correspondiente al tercer trimestre. El ajuste de enero de 2026 completa así la pauta salarial acordada para 2025.


