Podrá subir o bajar hasta 50% el cargo sobre el precio del gas que sostiene el fondo fiduciario para consumos residenciales.
El Gobierno nacional oficializó este lunes, a través del Boletín Oficial, un decreto que otorga nuevas facultades al Ministerio de Economía, a cago de Luis Caputo, para intervenir en el esquema de subsidios al gas.
Mediante el Decreto 266/2026, que lleva la firma del presidente Javier Milei, el Poder Ejecutivo dispuso que la cartera económica podrá “aumentar o disminuir el nivel del recargo” aplicado sobre el precio del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), con un margen de hasta un 50%.
Decreto 266/2026 – MINISTERIO DE ECONOMÍA Resumen: El Decreto 266/2026, emitido por el Ministerio de Economía de Argentina, otorga facultades para aumentar o disminuir en hasta un 50% el recargo del 7.5% sobre el precio del gas natural, establecido en el artículo 75 de la Ley N° 25.565. Este recargo se aplica a todos los metros cúbicos de gas consumidos o comercializados en el país, afectando a los usuarios residenciales. La medida busca mejorar la gestión del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas, que se financia a través de este recargo. La normativa también establece que el Ministerio de Economía deberá declarar e ingresar los ingresos generados, asegurando así un control fiscal adecuado. Esta regulación impacta directamente en los costos de consumo de gas para los ciudadanos, permitiendo ajustes en función de las necesidades económicas del país.
Ese recargo financia el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas, creado por la Ley 25.565, que se nutre de un adicional de hasta 7,5% sobre el precio del gas para todos los consumos en el país, sin importar su destino.
Según se detalla en la norma, la medida apunta a “una mejor administración” del sistema y a facilitar el cumplimiento de los objetivos de política energética. En ese sentido, el texto remarca que resulta “impostergable para una mejor gestión de gobierno” avanzar con esta delegación de facultades.
Además, se recuerda que la percepción de este recargo constituye un ingreso directo que debe ser declarado ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), organismo que actúa en el ámbito del Ministerio de Economía.
El decreto también se enmarca en la prórroga del régimen vigente hasta el 31 de diciembre de 2031, establecida por la Ley 27.637, y en las competencias asignadas a Economía sobre la política energética.


