
La Cámara Nacional Electoral revocó hoy una decisión del juez federal con competencia electoral en Buenos Aires, Alejo Ramos Padilla, que autorizaba el reemplazo de José Luis Espert por Karen Reichardt en la lista de candidatos a diputados nacionales de La Libertad Avanza (LLA) para los comicios del próximo 26 de octubre.
A pesar de esta resolución, aún persiste un reclamo del Gobierno que fue rechazado por el mismo magistrado. Este pedido busca la reimpresión de las Boletas Únicas de Papel con el nuevo orden. Fuentes judiciales indicaron a Infobae que esta solicitud no prosperaría debido a la falta de tiempo para asegurar un desarrollo normal de los comicios.
El tribunal fundamentó su decisión en la ley de paridad de género (27.412) y su decreto reglamentario, que estipulan que los reemplazos deben realizarse con personas del mismo género. Según se informó, Diego Santilli fue confirmado como candidato tras una reunión de acuerdos convocada en medio del feriado largo.
La Cámara Nacional Electoral criticó al juez de primera instancia por haberse apartado injustificadamente de la normativa aplicable, basando su decisión en una interpretación subjetiva y declarando una inconstitucionalidad sin fundamentos suficientes.
Asimismo, el tribunal destacó que el juez ignoró la jurisprudencia del tribunal en casos similares para la categoría de diputados nacionales y distorsionó la aplicación de un precedente relacionado con otra categoría de cargos, como los senadores nacionales.
En su pronunciamiento, el tribunal recordó su papel activo en la protección de la igualdad real de oportunidades entre mujeres y hombres en el acceso a cargos públicos electivos y dentro de los partidos políticos. Este enfoque se evidenció en criterios establecidos en numerosos pronunciamientos anteriores, que priorizaron la participación política de las mujeres sobre la de los hombres.
Duras críticas al juez Ramos Padill
La Cámara cuestionó que Ramos Padilla se apartara de la normativa vigente con una interpretación “subjetiva” y al declarar la inconstitucionalidad de la ley sin fundamentos suficientes. También reprochó que el magistrado desconociera la jurisprudencia consolidada en casos similares y aplicara de forma incorrecta un fallo relativo a la categoría de senadores nacionales.
En su fallo, el tribunal recordó su rol activo en garantizar la igualdad real de oportunidades entre mujeres y varones para el acceso a cargos públicos electivos, en línea con numerosos pronunciamientos anteriores que priorizaron la participación femenina en las listas por sobre la masculina.
La decisión marca un antecedente importante en el marco de las próximas elecciones legislativas y reafirma la vigencia de los criterios de paridad establecidos por la normativa electoral vigente.