Hoy domingo 26 de octubre, más de 36 millones de argentinos acudirán a las urnas, pero hay excepciones al voto obligatorio según la edad y la situación del ciudadano.
Este 26 de octubre de 2025, los argentinos renovarán 127 bancas en Diputados y 24 en el Senado. Por primera vez, se implementará la Boleta Única de Papel (BUP) en todo el país, un sistema que reemplaza las tradicionales boletas partidarias y promete agilizar el recuento y reducir el ausentismo.
El voto sigue siendo obligatorio para ciudadanos de 18 a 70 años, según el Código Electoral Nacional. Quienes no voten sin justificación pueden enfrentar multas económicas y restricciones para realizar trámites oficiales, como sacar pasaporte o registrarse en organismos públicos.
Excepciones al voto obligatorio
- Jóvenes de 16 y 17 años: su participación es opcional.
- Mayores de 70 años: pueden elegir libremente si concurren a votar.
- Ciudadanos a más de 500 km de su lugar de votación: deben poder acreditar su situación ante la autoridad electoral para quedar exentos.
Estas excepciones están contempladas para evitar sanciones a quienes, por edad o distancia, no puedan cumplir con la obligación.
Cómo justificar la inasistencia
- Quienes se encuentren en situaciones especiales deben justificar su ausencia ante la autoridad electoral en un plazo de 60 días posteriores a la elección.
- La justificación puede hacerse presencialmente o por los canales habilitados online.
- Es necesario adjuntar documentación que respalde la causa de la inasistencia.
- Quienes no justifiquen ni paguen la multa serán incluidos en el Registro de Infractores, lo que puede generar restricciones en trámites estatales.
- Para consultar si se figura como infractor, se puede ingresar a: infractores.padron.gob.ar
e introducir el DNI y el distrito electoral.
Consultar el padrón electoral
Antes de la votación, es fundamental verificar el padrón:
- Confirma los datos personales, el establecimiento de votación y la mesa asignada.
- Los jóvenes de 16 y 17 años deben haber actualizado su DNI antes de los 15 años para figurar en el padrón.
- En caso de errores o cambios de domicilio recientes, se puede hacer un reclamo durante el período establecido por la Cámara Nacional Electoral.
- Consultar el padrón con anticipación ayuda a evitar confusiones el día de la elección y asegura el cumplimiento del deber cívico sin inconvenientes.


