
La medida establece plazos y beneficios para los productores alcanzados, como la exención al pago de impuestos. También crea un comité de seguimiento con participación de los ministros provinciales.
Luego del adelanto realizado en septiembre en un encuentro con productores, el gobernador Rolando Figueroa firmó el viernes pasado el decreto N°1303 que declaró la emergencia hídrica y agropecuaria en Neuquén, en el contexto de la fuerte sequía que atraviesa de la provincia desde hace unos meses.
La medida establece diferentes beneficios y disposiciones para acompañar, en especial, al sector ganadero, afectado por la escasa disponibilidad de agua que ya se evidenció en el invierno y tiene altas posibilidades de profundizarse de cara a los próximos meses.
Sequía: cuánto durarán las emergencias decretadas por Neuquén
Por un lado, el Ejecutivo provincial declaró «el Estado de Emergencia Hídrica, Social y Productiva» por el término de 180 días corridos contados a partir de la firma del decreto, con alcance «en todo el territorio de la provincia» y como consecuencia «del estrés hídrico que presentan todas sus cuencas hidrográficas».
Además, decretó la «Emergencia Agraria y/o Desastre Agrario, por sequía en todo el territorio de la Provincia del Neuquén, con excepción de los valles irrigados de los Departamentos Añelo y Confluencia para las actividades agropecuarias».
En este caso, el Gobierno amplió el estado de emergencia al término de 18 meses a partir del 1 de enero pasado, con opción para prorrogarlo por un periodo de seis meses.
El régimen de emergencia agraria, se aclaró en los considerandos del decreto, «estará dirigido a todos/as aquellos/as productores/as que posean certificado de emergencia y/o desastre agrario, en función del grado de afectación de la capacidad productiva de sus explotaciones conforme lo establecido en el Artículo 16° de la Ley 3117 y su Decreto Reglamentario N° 0143/19″.
Sequía: los beneficios incluidos por el gobierno de Neuquén para los productores en emergencia
Entre los beneficios a implementar, se encuentran la exención del pago del impuesto Inmobiliario que grave el inmueble donde se desarrolle la explotación agropecuaria y la exención del impuesto de Sellos para los contratos de arrendamiento rural para los productores declarados bajo emergencia.
La medida también suspende las ejecuciones fiscales en trámite y las que estén por iniciarse para el cobro de impuestos provinciales adeudados por las explotaciones en emergencia durante toda su extensión.
El Gobierno, a su vez, oficializó la creación de un «Comité de Emergencia Hídrica, Social y Productiva», conformado por los ministros de Economía, Producción e Industria; Energía y Recursos Naturales; Infraestructura; Desarrollo Humano, Gobiernos Locales y Mujeres, y la Jefatura de Gabinete.
Según se detalló, este cuerpo se encargará de coordinar «todas las acciones motivo de la presente norma, fijando las prioridades correspondientes, quedando facultado para establecer su reglamento de funcionamiento interno«.
El decreto de Figueroa, que también autorizó la adquisición de «los bienes necesarios» para atender la situación de emergencia, aclaró que el gasto que demande la actual situación de alerta se imputará a «las partidas correspondientes del Presupuesto General Vigente».